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lunes, 29 de abril de 2013

El intento de la Diputación para compensar a los concellos por el IBI de la AP-9 fracasa en el juzgado

Los tribunales ya han desestimado 7 recursos presentados a través del ORAL por valor de tres millones de euros para otros tantos ayuntamientos - El ente provincial pretendía recuperar 4,2 millones para las arcas municipales



Las sentencias que rechazan los recursos presentados por la Diputación de Pontevedra para reclamar el pago de una compensación a los concellos por la exención en el pago del IBI de la AP-9 siguen cayendo a cuenta gotas. Unos fallos judiciales que confirman el naufragio de aquella iniciativa de la institución provincial con la que se pretendía recaudar una cifra cercana a los 4,2 millones de euros para las depauperadas arcas de 12 de los municipios que atraviesa la autopista en la provincia de Pontevedra y que tienen delegada la gestión de sus tributos en el ORAL.
En total, el organismo provincial acumula al menos siete sentencias desfavorables que deniegan el cobro de estas compensaciones a otros tantos concellos por un importe cercano a los tres millones de euros.
Dos millones a Vilaboa
A las cinco que ya se conocían se suman ahora otras dos. Una de ellas significativa ya que el volumen de la compensación requerida era casi la mitad del total que pensaba recaudar la Diputación. Se trata de la reclamación realizada por el ORAL en nombre del ayuntamiento de Vilaboa y en la que se pedía al Gobierno una compensación de 2.093.549 euros por las bonificaciones fiscales de las que disfruta Audasa en el pago de un tributo, como es el IBI, que tiene carácter municipal. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la línea de las anteriores decisiones, deniega esta compensación. Lo mismo sucedió recientemente con una petición de menor cuantía (concretamente 17.000 euros) que en este caso se realizaba en nombre del concello de Moaña.
A estos dos fallos judiciales de principios de 2013 hay que sumar los que ya se produjeron a finales del pasado año en los que se rechazó el pago de estas compensaciones a los ayuntamientos de Poio (que reclamaba una cuantía de 69.863 euros), Meis, (7.948 euros), O Porriño (229.447 euros), Mos (145.400 euros) y Portas (420.000 euros).
Son ya más de la mitad de los recursos presentados los que han sido denegados y todo hace indicar que, vista la jurisprudencia existente y el cariz de las decisiones adoptadas por este mismo tribunal, el resto de los concellos para los que también se solicitaban compensaciones (Pontecesures, Tui, Valga, Barro y Caldas) tampoco verán colmadas sus aspiraciones.
Exención del 95%
Los servicios jurídicos de la Diputación acudían a los tribunales convencidos de que los ayuntamientos debían ser compensados por el Gobierno ante la exención del pago del 95% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del que disfruta la concesionaria de la autopista (Audasa) en virtud de un Real Decreto aprobado en la dictadura, concretamente en 1972. Se consideraba que la administración central debería resarcir a los ayuntamientos por una decisión que afectaba directamente a una de las principales vías de ingresos de la administración local. Algo que pondría en cuestión la autonomía económica y financiera de los municipios. Sin embargo, el TSJ de Madrid no lo entiende así y está rechazando, uno a uno, cada recurso presentado por la Diputación a través del ORAL.
La postura del Tribunal Superior de Justicia de Madrid no siempre fue la misma con respecto a si los entes locales deben recibir esta compensación. De hecho, en su día falló a favor del Concello de Pontevedra y le otorgó el derecho a ingresar casi 1,2 millones de euros que había dejado de ingresar por los beneficios fiscales de los que disfruta Audasa.
Jurisprudencia del Supremo
Sin embargo, el Supremo anuló posteriormente este fallo, los 1,2 millones de euros para Pontevedra se esfumaron y con ellos también las esperanzas que habían puesto otros muchos concellos en cobrar por fin por el IBI de la autopista. La sentencia del Supremo sobre la reclamación de Pontevedra sentó jurisprudencia y, de hecho, se cita en los recursos que ahora rechaza el TSJM. En estas sentencias recuerda que "ni los compromisos internacionales asumidos por España, ni nuestra Constitución ni la legislación ordinaria imponen al Estado, de forma ineluctable, la obligación de transferir a los ayuntamientos las cantidades que dejen de percibir como consecuencia de los beneficios fiscales que haya otorgado u otorgue sobre tributos locales".
Distintas formación políticas, como es el caso del BNG, ya reclamaron con anterioridad en el Congreso y en el Senado que la única manera para que los concellos puedan cobrar por el IBI de la autopista a Audasa es acabar "con los privilegios fiscales" de la concesionaria, sobre todo en este momento en el que la situación de las arcas municipales es tan mala.

http://www.farodevigo.es/portada-pontevedra/2013/04/29/diputacion-compensar-concellos-ibi-ap-9-fracasa-juzgado/800300.html


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