El tribunal rebaja, no obstante, la multa
El Tribunal Supremo acaba de confirmar en su práctica totalidad la sentencia por la que consideró acreditado que en la expropiación de la cantera Áridos de Curro para construir el macronudo en Barro, si bien no existió un delito de estafa, sí que se produjo un fraude fiscal. De este modo, confirma los cuatro meses de prisión impuestos al empresario Juan Luis Abal Piñeiro, administrador único de la citada firma, como autor de un delito contra la Hacienda Pública, así como le mantiene la multa de novecientos mil euros y la prohibición de obtener subvenciones o ayudas públicas por un período de dos años.En el caso de su empresa, el alto tribunal opta por reducir a la mitad la sanción económica inicialmente impuesta, que queda delimitada a cien mil euros. Argumenta que la Audiencia no tuvo en cuenta la modificación legislativa del 2015 «que reformatea la penalidad atribuible a las personas jurídicas en estas infracciones». En todo caso, lo que no varía es la imposibilidad de obtener subvenciones durante, también, dos años.
Con esta resolución, se confirma, asimismo, la absolución del perito que tasó la sociedad para la Xunta en el marco del proceso expropiatorio. Ya la Audiencia de Pontevedra lo había exonerado de cualquier responsabilidad penal, ya que el único dato que apunta a un posible concierto entre los acusados es un correo electrónico a la Fiscalía General del Estado en el que se refería que Abal Piñero «era pariente del entonces presidente de la Diputación -Rafael Louzán-, cuya intervención en este proceso, desde luego no figura».
https://www.lavozdegalicia.es/noticia/arousa/2019/02/26/tribunal-supremo-mantiene-expropiacion-nudo-curro-existio-fraude-fiscal-rebaja-multa/0003_201902A26C6995.htm
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