Política Social puso a disposición de los municipios un fondo dotado de tres millones de euros -Se subvenciona con hasta 120 euros al año la compra de medicamentos
Solo 43 concellos se sumaron
En plena crisis una de las medidas que causaron más impacto sobre el bolsillo de los ciudadanos fue el aumento en el copago de fármacos. Tres años después de empezar a aplicarse y tras el varapalo sufrido en las elecciones municipales por el PPdeG, la Xunta decidió dar un giro social a sus políticas, que se concretó en un pacto con la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp) y las entidades que conforman la Red Gallega contra la Pobreza. Y una de las medidas estrella de este acuerdo social fue la de conceder ayudas de hasta 120 euros al año para costear el pago de medicamentos a familias con pocos recursos. El Gobierno gallego creó un fondo económico que puso a disposición de los ayuntamientos para que estos gestionaran los subsidios. Pero en su primera convocatoria, que abarcó 2016 y 2017, solo 43 municipios se sumaron a este plan, apenas el 14 por ciento del total de corporaciones locales.
Desde la Consellería de Política Social aclaran que todos los ayuntamientos que solicitaron acogerse a este programa recibieron financiación. "Ninguna demanda quedó sin atender", añaden. Los datos finales con el número de familias beneficiadas por estas ayudas no se harán públicos hasta que se cierre el año puesto que la convocatoria abarcaba desde mediados de 2016 a finales de 2017.
En todo caso, el impacto de esta medida será menor que el anunciado en su momento. La idea inicial de la Xunta era ampliar la exención del copago farmacéutico a 100.000 personas con escasos recursos. En ese momento ya había en Galicia unos 120.000 gallegos que ya no pagaban un euro por los fármacos (perceptores de la Risga, pensionistas no contributivos y parados sin ningún tipo de ayuda ). Su intención era, por lo tanto, prácticamente duplicar esta cifra. El anuncio lo hizo el vicepresidente Alfonso Rueda y la entonces conselleira de Benestar, Beatriz Mato, en junio de 2015, justo después de las elecciones municipales celebradas en mayo en las que el PP perdió las alcaldías de A Coruña, Santiago y Ferrol, además de la Diputación de Pontevedra y A Coruña. Ese año fue el punto de inflexión que hizo al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, dar un giro social a sus políticas, marcadas hasta ese momento por la austeridad, y que desembocaría incluso en una remodelación de Gobierno meses después de los comicios.
El anuncio de la exención del copago, sin embargo, no se concretaría hasta un año después, en agosto de 2016, y de forma distinta a la avanzada en un principio. La medida que finalmente articuló la Xunta consiste en una subvención de hasta el 40 por ciento de los fármacos -que equivale al porcentaje mínimo que les correspondía abonar hasta ese momento de copago por los medicamentos, de manera que en la práctica no tendrán que pagar nada-,pero con un límite máximo anual por persona de 120 euros, salvo "casos debidamente justificados" en los que se podrá aumentar este tope.
Y los beneficiarios serán hogares, con hijos a cargo, y con unos ingresos de trabajo inferiores a la Renta de Integración Social (Risga). Es decir, en Galicia serían potenciales destinatarios de esta medida unos 36.000 hogares.
Pero no será la Xunta quien gestione estas ayudas sino los concellos que a través de los trabajadores sociales evaluarán las demandas de los solicitantes para acceder al programa. Y el número de ayuntamientos que finalmene se ha incorporado al plan no llega ni al 14 por ciento. Desde la Federación Galega de Municipios e Provincias ignoran las razones de por qué no se implicaron más municipios.
http://www.farodevigo.es/galicia/2017/12/23/43-concellos-sumaron-plan-xunta/1808857.html
https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2017/20170412/AnuncioG0425-040417-0007_es.html
Consellería de Política Social
RESOLUCIÓN
de 30 de marzo de 2017, de la Dirección General de Inclusión Social,
por la que se publica la relación de entidades beneficiarias y el
importe de las ayudas concedidas en virtud de la Orden de 12 de agosto
de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a
desarrollar por las corporaciones locales para la puesta en marcha de
programas de ayudas económicas a familias con menores a cargo para la
compensación de sus gastos farmacéuticos, y se procede a su convocatoria
para los años 2016 y 2017.
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 15.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de
Galicia; en el artículo 17.1 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de
transparencia y buen gobierno, y en el Decreto legislativo 1/1999, de 7
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
régimen financiero y presupuestario de Galicia, se procede a la
publicación de las entidades beneficiarias y el importe de las ayudas
concedidas en virtud de la Orden de 12 de agosto de 2016 por la que se
establecen las bases reguladoras de subvenciones a desarrollar por las
corporaciones locales para la puesta en marcha de programas de ayudas
económicas a familias con menores a cargo para la compensación de sus
gastos farmacéuticos, y se procede a su convocatoria para los años 2016 y
2017.
Finalidad de la ayuda: el desarrollo de
programas que tengan por finalidad la concesión de ayudas económicas a
familias con menores a cargo para la compensación de sus gastos
farmacéuticos, y proceder a su convocatoria para los años 2016 y 2017.
Norma reguladora: Orden de 12 de agosto
de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a
desarrollar por las corporaciones locales para la puesta en marcha de
programas de ayudas económicas a familias con menores a cargo para la
compensación de sus gastos farmacéuticos, y se procede a su convocatoria
para los años 2016 y 2017 (Diario Oficial de Galicia número 161, de 26
de agosto de 2016).
Crédito presupuestario:
Aplicación
|
Importe 2016
|
Importe 2017
|
Importe total
|
12.03.312A.460.0
|
1.500.000 €
|
1.500.000 €
|
3.000.000 €
|
Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2017
Arturo Parrado Puente
Director general de Inclusión Social
Director general de Inclusión Social
Expediente
Entidad
|
Subvención concedida 2016
|
Subvención concedida 2017
|
|
BS411A 2016/1
|
Pedrafita do Cebreiro
|
1.440,00
|
1.440,00
|
BS411A 2016/2
|
Mos
|
2.400,00
|
7.584,00
|
BS411A 2016/3
|
Outes
|
0,00
|
4.320,00
|
BS411A 2016/4
|
Bande
|
1.500,00
|
1.500,00
|
BS411A 2016/5
|
Carballo
|
3.120,00
|
18.400,00
|
BS411A 2016/6
|
Fornelos de Montes
|
1.500,00
|
1.500,00
|
BS411A 2016/7
|
Ponte Caldelas
|
4.320,00
|
4.320,00
|
BS411A 2016/8
|
Carballeda de Avia
|
1.728,00
|
2.304,00
|
BS411A 2016/9
|
Guarda, A
|
400,00
|
7.600,00
|
BS411A 2016/10
|
M. Conso-Frieiras
|
672,00
|
960,00
|
BS411A 2016/11
|
Chandrexa de Queixa
|
1.344,00
|
1.500,00
|
BS411A 2016/12
|
Cangas
|
0,00
|
20.800,00
|
BS411A 2016/13
|
Toén
|
480,00
|
1.632,00
|
BS411A 2016/14
|
Ribadavia
|
288,00
|
2.400,00
|
BS411A 2016/15
|
Riotorto
|
1.200,00
|
1.200,00
|
BS411A 2016/16
|
Agolada
|
672,00
|
1.920,00
|
BS411A 2016/17
|
Neda
|
4.320,00
|
4.320,00
|
BS411A 2016/18
|
Rábade
|
960,00
|
1.500,00
|
BS411A 2016/19
|
Barbadás
|
9.500,00
|
9.500,00
|
BS411A 2016/20
|
Muros
|
3.600,00
|
3.600,00
|
BS411A 2016/21
|
Vicedo, O
|
1.440,00
|
1.440,00
|
BS411A 2016/22
|
Caldas de Reis
|
1.440,00
|
6.720,00
|
BS411A 2016/23
|
Cambre
|
22.944,00
|
22.944,00
|
BS411A 2016/24
|
Betanzos
|
0,00
|
4.800,00
|
BS411A 2016/25
|
Porto do Son
|
0,00
|
3.600,00
|
BS411A 2016/26
|
Arteixo
|
0,00
|
4.000,00
|
BS411A 2016/27
|
Nigrán
|
960,00
|
2.880,00
|
BS411A 2016/28
|
Moaña
|
0,00
|
9.500,00
|
BS411A 2016/29
|
Sandiás
|
112,00
|
1.200,00
|
BS411A 2016/30
|
Carballiño, O
|
0,00
|
9.120,00
|
BS411A 2016/31
|
Salceda de Caselas
|
4.000,00
|
4.000,00
|
BS411A 2016/32
|
Padrón
|
0,00
|
2.496,00
|
BS411A 2016/33
|
Vimianzo
|
900,00
|
3.600,00
|
BS411A 2016/34
|
Cabanas
|
312,00
|
408,00
|
BS411A 2016/35
|
Abegondo
|
192,00
|
4.500,00
|
BS411A 2016/36
|
Carral
|
0,00
|
960,00
|
BS411A 2016/37
|
Boiro
|
0,00
|
9.504,00
|
BS411A 2016/38
|
Neves, As
|
1.200,00
|
1.200,00
|
BS411A 2016/39
|
Viveiro
|
320,00
|
1.280,00
|
BS411A 2016/40
|
Verín
|
1.209,60
|
3.628,80
|
BS411A 2016/41
|
Valga
|
4.320,00
|
4.320,00
|
BS411A 2016/42
|
Maside
|
0,00
|
1.500,00
|
BS411A 2016/43
|
M. Verín
|
0,00
|
12.800,00
|
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