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miércoles, 25 de abril de 2018

Instalación eléctrica en los ayuntamientos de Barro y Meis (expediente IN407A 2017/565-4).



Consellería de Economía, Empleo e Industria
RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2018, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Barro y Meis (expediente IN407A 2017/565-4).
Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.
Denominación: LMT nueva salida subestación Barro, enlace con la MUR811.
Situación: Barro y Meis.
Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ1, de 2.620 metros de longitud, con origen en la celda de salida de la subestación de Barro y final en el tramo de línea TIB8108267, en el apoyo A1GM0UBC//96-15, que está conectado a la línea MUR811 mediante el telemando 36HHW8. La instalación está situada en la zona de Curro, en los términos municipales de Barro y Meis.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 22 de marzo de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2018/20180423/AnuncioG0424-030418-0003_es.html

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