Un vecino de Barro acaba de ser condenado por la
bofetada que, en la tarde del 3 de noviembre del 2013, propinó a una
mujer que acudía a la feria que se celebraba en esta localidad
pontevedresa. De este modo, se le han impuesto seis días de localización
permanente y el abono de una indemnización de noventa días por las
lesiones causadas y el tiempo invertido en su sanación.
Según refiere la sentencia, que es firme, la víctima
viajaba de ocupante de un turismo cuyo conductor se desplazó hasta el
aparcamiento del tanatorio de Barro para estacionar su vehículo. En esas
estaban cuando el acusado, «que estaba velando a su madre», se les
aproximó y les preguntó si su intención era acudir al mercadillo o al
tanatorio.
Le contestaron que no, que iban a la feria, a lo que
el vecino de Barro «les indicó que allí no podían aparcar, que estaba
reservado para los familiares de los difuntos». Todo parece indicar que
la respuesta de sus interlocutores no le debió gustar, ya que este
reaccionó propinándole la bofetada a la denunciante en la cara, que le
provocó una contusión que únicamente requirió de una primera asistencia
facultativa, sin tratamiento médico y sin que le quedaran secuelas.
En este punto, y pese a que se considera probado que
la mujer permaneció de baja laboral desde el día siguiente de esta
agresión hasta el 7 de enero del año siguiente, en la resolución se
refiere que «no consta acreditada la relación causal» entre esta
circunstancia y el golpe recibido.
Tal extremo no fue compartido por la acusación particular, que reclamó el abono de una indemnización de casi mil euros.
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/pontevedra/2015/02/28/condenado-abofetear-velatoria-madre-mujer-iba-feria/0003_201502P28C5991.htm
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