La Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso
que la familia de Sonia Iglesias, de cuya desaparición se cumplirán este
agosto cuatro años, por el que solicitaba la toma de declaración como
testigos de «los funcionarios de policía encargados de la investigación y
la prospección mediante georradar o radar de penetración terrestre
(GPR) para la detección de restos humanos» en el monte Castrove. De este
modo, los magistrados han confirmado el auto de la jueza de instrucción
que ya había denegado estas mismas pruebas.
En la resolución se recuerda, entre otras
cuestiones, que «el derecho a la prueba, como viene manifestando el
Tribunal Constitucional, no tiene carácter ilimitado». Esto conlleva que
los jueces tienen potestad para no admitir aquellas solicitudes que
consideren que no contribuirán al esclarecimiento de los hechos
investigados: «El juzgador no tiene la obligación de admitir todos los
medios propuestos por las partes, sino que corresponde a los órganos de
la jurisdicción ordinaria la facultad de resolver sobre la pertinencia
de la prueba con libertad de criterio».
En este caso concreto, la Audiencia considera que
«resulta significativo» el hecho de que los apelantes no formulasen
«apelación alguna que reforzase su postulación frente a las razones
expuestas por la jueza para sustentar su denegación». Según trascendió
en su día, la titular del juzgado que lleva las causas de violencia
sobre la mujer rechazó la comparecencia de los agentes, adscritos tanto a
la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta de Madrid como a la
de Pontevedra, al entender que lo que pueden aportar está recogido en
los distintos informes aportados al procedimiento que se sigue por un
supuesto delito de detención ilegal en el que está imputado Julio
Araújo, compañero sentimental de la pontevedresa.
En cuanto al empleo del georradar, se consideró
que, en principio, no iba a aportar nada a la instrucción judicial. A
esto se suma, según reseñaron distintas fuentes próximas al caso, el
hecho de que no se dispone de una zona acotada o delimitada.
Se cuenta, eso sí, con un indicio: el 18 de
agosto del 2010, día en el que Sonia Iglesias desapareció, un repetidor
de telefonía situó en este entorno a caballo de los municipios de Poio,
Meis, Meaño y Barro una llamada supuestamente realizada por Araújo, unas
dos horas después de que se hubiera confirmado que la pontevedresa no
había acudido a su puesto de trabajo.
Pese a tumbar ambas peticiones declarando de
oficio las costas, los magistrados pontevedreses aseguran «comprender
(...) la angustia de la familia» de Sonia.
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/pontevedra/2014/05/31/audiencia-entierra-posibilidad-usar-georradar-castrove/0003_201405P31C5991.htm
No hay comentarios:
Publicar un comentario