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miércoles, 8 de febrero de 2017

El Supremo no observa "destrucción irreparable" en A Fracha que obligue a paralizar las obras de la A-57


Desestima la petición de la plataforma vecinal de suspensión cautelar de los trabajos pero no entra en el fondo de sus recursos judiciales -El colectivo denuncia desde hace años que la declaración ambiental del proyecto está caducada


El Tribunal Supremo descarta la paralización cautelar de las obras de la A-57 entre Vilaboa y Marcón, que se iniciaron hace más de un año. El alto tribunal desestima un recurso de la plataforma Salvemos A Fracha al entender que "no puede hablarse de la destrucción irreparable de valores medioambientales". Sin embargo, no entra en el fondo del pleito judicial entablado en su día por los vecinos, que consideran "caducada" la declaración de impacto ambiental que ampara la ejecución de estos seis kilómetros de autovía por parte del Ministerio de Fomento.
Con esta sentencia, el Supremo ratifica otra de la Audiencia Nacional, dictada a finales de 2015, en la que también se rechazaba la paralización cautelar de las obras. La plataforma Salvemos A Fracha formuló hace dos años un recurso judicial contra la tramitación ambiental del proyecto del primer tramo de la circunvalación y acompañó aquella iniciativa de una petición de paralización de las obras al entender que una resolución positiva con la autovía ya ejecutada supondría un "grave perjuicio" para los afectados. Es la segunda parte del recurso la que se resuelve ahora, pero aún está pendiente de resolución judicial la denuncia vecinal sobre la falta de sustento ambiental para llevar a cabo el proyecto viario.
No justificada
En la sentencia del Supremo conocido ayer se apunta que "no puede hablarse de la destrucción irreparable de valores medioambientales, lo que justificaría la medida interesada, ni de un conflicto de intereses económicos, sean públicos o privados, de una parte, y el público representado por la protección del medio ambiente, de otra, pues, en puridad, el interés medioambiental que la parte reclama también puede entenderse presente en la actuación de la Administración ya que esta tiene por objeto dar solución a la autovía A-57, Vilaboa-A Ermida como vía de alta capacidad y libre de peaje para las comunicaciones en el arco sureste de la ciudad de Pontevedra, facilitando la comunicaciones entre la N-550 y la N-541 y dotando de mayor accesibilidad a la zona este de la ciudad, así como al polígono industrial de O Campiño y plataforma logística de A Reigosa".
"Cuestión distinta -añade la resolución es la problemática referente a la vigencia/caducidad de las actuaciones medioambientales, que la Plataforma denuncia caducadas, pero esta cuestión, sin duda relevante, no resulta indubitada al punto de acordar la suspensión que se pretende, pues afecta al fondo del problema, exigiendo un examen pormenorizado de las actuaciones, alegaciones y pruebas, en su caso, y de ahí que no pueda estimarse en este trámite cautelar que la apariencia de buen derecho esté inequívocamente del lado de la pretensión de la actora".
Por tanto, queda aún sin respuesta la principal reclamación vecinal. Los vecinos cuestionan desde el principio los estudios de impacto ambiental realizados para este proyecto y fue la vía elegida para recurrir.
En primer lugar, señalan que existe una evaluación ambiental de la obra pero solo de los seis kilómetros entre Vilaboa y A Ermida, en Marcón, la única en obras pero no del vial en su conjunto, los 60 kilómetros de autovía proyectada entre Curro y su enlace con la A-52 en O Confurco. También afirman que el enlace en Vilaboa entre este tramo de la A-57 y la N-550 carece de estudio de impacto ambiental puesto que el que se realizó ya ha caducado. Además, plantean otras cuestiones ambientales y de impacto paisajístico o a elementos del patrimonio cultural (como la afección al Camino Portugués a Santiago) que se incluían en las alegaciones presentadas al proyecto pero que rechazó la administración en agosto de 2014.

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